Los consumidores o usuarios podrán presentar reclamaciones ante los órganos administrativos competentes cuando crean que se han vulnerado sus derechos, bien en la adquisición de un bien o en la prestación de un servicio.
Cuando la contratación tiene lugar entre particulares o entre empresarios, no se puede reclamar al amparo de la normativa de protección de consumidores y usuarios.
La legislación de consumo nos protege para que se respeten nuestros derechos como personas consumidoras, por ejemplo, realizando procedimientos de inspección que comprueben que los productos cumplen con las exigencias de fabricación, etiquetado, seguridad y garantía o garantizando que la información que llega al usuario a través de la publicidad es veraz.
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