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Reclamaciones económico-administrativas ante la Junta Superior de Hacienda

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La interposición de reclamaciones o recursos o la presentación de solicitudes ante la Junta Superior de Hacienda debe realizarse obligatoriamente por medios telemáticos cuando los interesados estén obligados a relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, por ejemplo, cuando el reclamante o su representante sea una persona jurídica.

Para presentar los escritos y la documentación correspondiente a través de Internet en el registro electrónico es necesario disponer de DNI electrónico o de uno de los Certificados Electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid.

NOTIFICACIONES POR MEDIOS ELECTRÓNICOS:

En los formularios de reclamación económico-administrativa, recurso o solicitud ante la Junta Superior de Hacienda, puedes optar por recibir las notificaciones por medios telemáticos o por otros medios (normalmente por correo certificado en el domicilio indicado a efectos de notificaciones).

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La Junta Superior de Hacienda debe practicar las notificaciones por medios electrónicos en todo caso cuando el interesado resulte obligado a recibirlas por esta vía, es decir, en los casos en los que exista obligación de relacionarse por medios electrónicos con la Administración. A tal efecto, es preciso que el reclamante, recurrente o solicitante (o su representante) procedan a su alta en el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid.

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