Podrás acordar la realización del transporte con los representantes de los usuarios a través del correspondiente contrato.
Se consideran representantes de los usuarios, las personas que, en base a su específica posición respecto a éstos, asuman la relación con el transportista, tales como órganos administrativos competentes sobre centros escolares, propietarios o directores de colegios o centros de producción, representantes de asociaciones de padres de alumnos o de trabajadores, u otros similares.
- Te recomendamos -