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Habilitación Linguística (2022)

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La habilitación lingüística en idiomas extranjeros es una certificación del conocimiento de un determinado idioma extranjero que faculta para impartir, en ese idioma, áreas o materias curriculares distintas a la Lengua Extranjera en centros docentes públicos que impartan niveles de educación obligatoria, dentro del ámbito de gestión de la Comunidad de Madrid y en los términos establecidos por la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía.

 

2. ¿Cómo puedo obtener la habilitación lingüística?

De acuerdo al artículo 3 de la Orden 1275/2014, de 11 de abril, la habilitación lingüística podrá obtenerse por:

a) Estar en posesión de titulaciones o certificados emitidos por determinadas instituciones, recogidos en el Anexo VI de la convocatoria correspondiente.

b) Superar pruebas de conocimientos. Para participar, será necesario presentar alguno de los certificados o títulos recogidos en el Anexo I de la convocatoria correspondiente.

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En cualquier caso, es necesario cumplir los requisitos generales recogidos en la convocatoria.

3. ¿Cuáles son los plazos de presentación de solicitudes?

Para la obtención de la habilitación por estar en posesión de titulaciones o certificados, el plazo de presentación de solicitudes comenzará el día siguiente a la publicación en el BOCM de la Resolución y permanecerá abierto hasta la publicación de una nueva convocatoria de habilitación.

Para la participación en las pruebas de conocimientos, el plazo de presentación de solicitudes comenzará el día siguiente a la publicación en el BOCM de la Resolución y, para esta convocatoria, será de diez días hábiles.

4. Con la habilitación lingüística en inglés, ¿puedo impartir Inglés Avanzado en un instituto bilingüe?

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No, para impartir el currículo de Inglés Avanzado es necesario contar con la acreditación para impartir esta materia, regulada por la Orden 1317/2015, de 7 de mayo.

5. Voy a participar en las pruebas de conocimientos, ¿cómo sé en qué tribunal y la sede en la que me examino?

Con posterioridad a la publicación de las listas de admitidos se publicará una Resolución en el BOCM en la que se distribuyen los aspirantes por tribunales y se anuncian los lugares y las fechas de comienzo de actuación del procedimiento.

6. He presentado solicitud para la obtención de la habilitación por titulación, ¿cómo puedo saber cuándo se me ha concedido?

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Una vez tramitada la solicitud presentada, recibirá una notificación avisándole de la disponibilidad de la Resolución correspondiente.

En el caso de que se le conceda la habilitación, se le reconocerán las especialidades bilingües asociadas a las mismas de las que usted sea titular o en cuyas listas de interinos se encuentre, en su caso.

7. He obtenido la habilitación lingüística, ¿para qué niveles y en qué centros me es válida?

Su habilitación tendrá validez para todos los centros docentes públicos o privados concertados de la Comunidad de Madrid, autorizados para impartir enseñanza bilingüe, siempre que acredite también los requisitos de titulación académica en el nivel y materia que corresponda.

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