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Información pública de las instalaciones receptoras de gas no inspeccionadas en plazo

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En aplicación de lo establecido en el artículo 9.2 del Decreto 18/2019, de 2 de abril, del Consejo de Gobierno, el centro directivo competente publicita los listados a través de la página web de la Comunidad de Madrid.

Se informa que los titulares o usuarios de las instalaciones receptoras disponen de un plazo de cinco días hábiles, desde la fecha de la publicación que consta en el encabezado de cada listado para solicitar a la compañía distribuidora la inspección de la instalación y se avisa que, en caso de no hacerlo, se procederá al corte de suministro de la instalación receptora.

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