La Junta Electoral dictará acuerdo o resolución de las incidencias, reclamaciones y quejas que se produzcan en dicho proceso.
Contra los acuerdos y resoluciones adoptados podrá interponerse recurso ante la Comisión Jurídica del Deporte de la Comunidad de Madrid.
Las resoluciones de la Comisión Jurídica del Deporte de la Comunidad de Madrid agotan la vía administrativa y son susceptibles de recurso contencioso-administrativo.
La ejecución de las resoluciones de la Comisión Jurídica del Deporte de la Comunidad de Madrid corresponderá a la Junta Electoral.
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