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Ayudas a la instalación de ascensores en edificios de viviendas 2023

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Todos los documentos deberán ser de fecha anterior a la finalización del plazo de solicitudes de ayuda, excepto el informe de evaluación de edificios (IEE) y los empadronamientos, que tendrán que ser de fecha anterior a la fecha de presentación de la solicitud.

La documentación adjunta a la solicitud debe ir en archivos independientes con una denominación que identifiquen su contenido claramente y deberán ser fácilmente legibles.

Tamaño máximo y número de archivos adjuntos a la solicitud:

  • La capacidad del buzón para este procedimiento es de 500 MB
  • El número máximo de ficheros es de 10 (por norma de interoperabilidad)

Documentación:

a) En el caso de oponerse a la consulta, copia del NIF de la comunidad de propietarios y del DNI del representante autorizado para solicitar la ayuda.

b) En el caso de oponerse a la consulta y cuando se trate de propietarios únicos de edificios, copia del documento nacional de identidad, pasaporte o documento de identidad equivalente. En el supuesto de extranjeros, copia del permiso de residencia de larga duración o del permiso de residencia temporal. Si se trata de personas jurídicas, copia del NIF.

c) Anexo para autorización de consultas de residentes empadronados.

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d) En el caso de oponerse a la consulta en el anexo, empadronamientos de, al menos, el 50% de las viviendas del edificio.

e.1) En caso de propietario único de edificio, nota simple o escritura pública que acredite la titularidad.

e.2) En caso de propietario único de edificio con realojo, compromiso de arrendamiento tras las obras.

f.1) Si se actúa a través de representante, acta de nombramiento de representante, acuerdo de representación, escritura de poder o nota de encargo.

f.2) En caso de comunidades de Propietarios o agrupaciones de comunidades de propietarios: certificado del presidente, secretario o secretario-administrador que refleje el Acuerdo de la Junta de Propietarios de solicitud de subvención y representante para ello.

En el caso de no existir acuerdo de la comunidad, se refleje esta circunstancia en una declaración responsable de los promotores de la actuación.

g.1) Informe de Evaluación de Edificios, que acredite la procedencia de la actuación, de fecha anterior a la solicitud de la ayuda (IEE).

g.2) Registro del IEE en el ayuntamiento correspondiente.

h) En caso de comunidades de Propietarios o agrupaciones de comunidades de propietarios: certificado del presidente, secretario o secretario-administrador que refleje el Acuerdo de la Junta de Propietarios de aprobación del contrato de obras.

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Si no existe acuerdo, dentro de los supuestos obligatorios del art. 10 LPH, declaración responsable de uno de los propietarios promotores de la actuación en la que describa esta situación y que será representante a efectos del procedimiento.

i) Reportaje fotográfico de zonas afectadas por las actuaciones y de la fachada principal.

j) Declaración Responsable de la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actuaciones para las que se solicita subvención y, si es el caso, relación en detalle del importe y su procedencia.

k) En el caso de que el propietario único de edificio sea una empresa, de cara al cumplimiento de mínimis, declaración responsable con todas las ayudas recibidas en los dos ejercicios anteriores y en el ejercicio corriente.

l.1) Contrato u oferta firmada por ambas partes.

l.2) Presupuesto desglosado, por partidas, mediciones, precios unitarios y totales, con el IVA desglosado.

m) Solicitud y/o licencia urbanística.

n.1) Proyecto de ejecución de las actuaciones a realizar, suscrito por técnico, visado por el Colegio Profesional, en su caso, o justificación de la no necesidad.

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n.2) En el caso de no tener el proyecto redactado en el momento de la solicitud, certificado suscrito por el técnico redactor sobre la viabilidad urbanística, geométrica y técnica de la instalación del ascensor.

o) En caso de que el gasto subvencionable sea mayor de 40.000 €  3 ofertas de diferentes proveedores.

p) En caso de situación de personas “confinadas” a efectos de la orden: informes que avalen la necesidad de silla de ruedas y certificado de discapacidad con un baremo de movilidad POSITIVO (A).

q) En caso de no disponer de proyecto ni contrato de obras firmado, compromiso de su presentación en el plazo de seis meses desde la publicación de la orden de concesión.

r) En caso de propietario, acreditación de encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, en el caso de que no autorice la consulta de datos tributarios o se oponga a la consulta de los datos de la seguridad social.

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