1.- Desarrollar el Itinerario de Inserción Sociolaboral y Servicios de Intervención y Acompañamiento
Las empresas de inserción deberán proporcionar a los trabajadores procedentes de los colectivos desfavorecidos mencionados en la página inicial, como parte de sus itinerarios, procesos personalizados y asistidos de trabajo remunerado, formación en el puesto de trabajo, habituación laboral y social.
Estas empresas deberán tener servicios de intervención o acompañamiento para la inserción socio-laboral que faciliten su posterior incorporación al mercado de trabajo ordinario.
El incumplimiento de los requisitos exigidos para su calificación dará lugar a la descalificación de la empresa de inserción y a su baja en el Registro Administrativo de Empresas de Inserción de la Comunidad de Madrid.
2.- Registrales
Las empresas de inserción, una vez inscritas en el Registro Administrativo de Empresas de Inserción de la Comunidad de Madrid, estarán obligadas a presentar la siguiente documentación:
El plan de actividades y el presupuesto de cada año con anterioridad al inicio del mismo.
Las cuentas anuales, el informe de gestión y el balance social correspondiente al cierre de cada ejercicio económico, sin perjuicio de las obligaciones de depositar las cuentas y el informe de gestión en los Registros que correspondan a su forma jurídica.