Para la inscripción de las Entidades y Centros de formación se deberá presentar el modelo normalizado de declaración responsable denominado Declaración Responsable de inscripción o modificación de Entidades de Formación para el Empleo y de Centros, o solicitud de baja, en el Registro de Entidades de Formación Profesional para el Empleo, para la impartición, en modalidad presencial, de especialidad formativa no conducente a la obtención de Certificado de Profesionalidad incluida en el Catálogo de Especialidades Formativas.
Se deberá disponer en el momento de la presentación de las instalaciones, equipamientos, medios y recursos humanos especificados en el programa formativo que sobre la especialidad correspondiente conste en el Catálogo de Especialidades Formativas, además de cumplir con los siguientes requisitos, según lo establecido en el artículo 24 de la Orden TMS/369/2019, de 28 de marzo :
a) Disponer de centros o espacios formativos, propios o de titularidad de terceros de acuerdo a lo indicado en el párrafo segundo del artículo 7.2, en los que impartir la especialidad formativa inscrita, dotados de las instalaciones, equipamientos y dimensiones indicados en el programa formativo asociado.
b) Sin perjuicio de lo indicado en el apartado anterior, los espacios formativos inscritos han de reunir las condiciones higiénicas, acústicas, de habitabilidad, seguridad y todas aquellas que en materia de prevención de riesgos laborales sean exigidas en la legislación vigente.
c) Disponer de la superficie mínima por alumno requerida en el correspondiente programa formativo, y una capacidad que como máximo de cobertura a lo indicado en el artículo 4.4 del Real Decreto 694/2017, de 3 de julio.
d) Contar con instalaciones de dirección y coordinación y secretaría, como espacios separados de las aulas, así como con aseos y servicios higiénico-sanitarios para hombres y mujeres en número adecuado a la capacidad formativa.
e) Disponer de recursos humanos suficientes para la programación, administración, gestión y atención al público, así como comprometerse a disponer de los formadores que cumplan los requisitos para impartir la especialidad formativa de acuerdo a lo establecido en el correspondiente programa formativo.
f) Disponer de los medios tendentes a facilitar la accesibilidad universal, de acuerdo con lo previsto en el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, así como en sus normas de desarrollo.
Toda esta información, junto con las particularidades propias del procedimiento de inscripción en la Comunidad de Madrid, está disponible en la ficha de tramitación, junto con los modelos normalizados a esta finalidad a la cual se puede acceder pinchando aquí.