Se trata de una medida temporal que permitirá a las comunidades propietarios optar también a estas tarifas reducidas para el consumo de gas. Para ello, deberán cumplir los siguientes requisitos:
La solicitud de la nueva tarifa último recurso deberá ser realizada por el presidente de la comunidad de propietarios y deberá dirigirse a la comercializadora de último recurso (CUR) a la que pertenezca la comercializadora que actualmente lleva a cabo el suministro en la comunidad.
La Tarifa de último recurso para comunidades de vecinos se estructurará en dos tramos, en función del consumo realizado:
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