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El consumo estimado en la factura del gas

Si usted tiene el contrato de gas con una comercializadora, es posible que haya visto reflejado en su factura el cobro de una cantidad por el concepto “cuota de regularización”. La razón de este tipo de cargo se debe a que la factura mensual por su consumo de gas se ha realizado en base a un consumo estimado.

Pero ¿qué es exactamente el consumo estimado? Las empresas comercializadoras leen el consumo real de sus clientes mensual o bimensualmente, según el contrato que se haya firmado. Sin embargo, si esa lectura no puede realizarse, la compañía, por defecto, le incluye en su factura un consumo ficticio, basado en sus consumos similares en el mismo periodo del año anterior.

Las empresas de electricidad han digitalizado la lectura de consumo. Sin embargo, las compañías gasísticas no lo tienen digitalizado, por lo que en caso de no poder acceder a la lectura real, recurren a las lecturas estimadas.

En ocasiones, el contador de gas está localizado en el interior de la vivienda, por lo que el operario necesita que haya una persona en el domicilio que le permita el acceso al contador, algo que no siempre es posible. También hay ocasiones en las que se produce una avería en el contador, con lo que la lectura no es válida.

Para todos estos supuestos, se emplea el consumo estimado.

Cuota de regularización

La diferencia entre el consumo estimado y el consumo real equivale a la cuota de regularización. Puede que usted haya consumido menos gas de lo que figura en su consumo estimado, en cuyo caso su compañía le devolverá el dinero equivalente a la diferencia. En el caso contrario, si su consumo real ha superado el consumo estimado, su comercializadora de gas le cobrará la cuota de regularización.

La emisión de las cuotas de regularización se produce tras el periodo de un año.

Lectura

Cuando la empresa no tiene acceso al contador, debe entregar un aviso de que la lectura no ha sido posible, facilitando un email, una web o un teléfono para que el cliente pueda contactar y ofrecer los datos de consumo.

El aviso debe también indicar el plazo del que dispone el cliente para comunicar los datos y advertir de que, en caso de que la compañía no disponga de datos reales, se facturará un consumo estimado.

Redacción

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