La ayuda se abonará, con carácter anticipado y de manera periódica, a la persona física o jurídica arrendadora de la vivienda para su directa aplicación al pago del alquiler mediante el correspondiente descuento y por cuenta de la persona arrendataria.
Se abonará un primer pago, una vez se resuelva la concesión de la ayuda, por la cuantía correspondiente a las seis primeras mensualidades.
El segundo y sucesivos pagos se realizarán de manera periódica cada seis meses y estarán condicionados a la presentación, por parte de la persona arrendataria, de la documentación acreditativa del pago del arrendamiento correspondiente a las mensualidades abonadas en el pago anterior, así como al mantenimiento de la condición de vulnerabilidad sobrevenida y el cumplimiento con el resto de aspectos establecidos en las normas reguladoras.
La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, ha participado hoy en la…
La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, ha presidido hoy el acto…
La Asociación Cultural de Música y Danza Arrabel, por su parte, interpretará cantos y melodías…
El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid ha aprobado en su reunión de…
La presidenta de la Comunidad de Madrid es la dirigente autonómica más reconocida en España,…
Alerta en Las Rozas: Detectan Salmonella en pollo proveniente de España y ordenan su retiro…
Esta web usa cookies.