Las personas con discapacidad son aquellas que presentan deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales, previsiblemente permanentes que, al interactuar con diversas barreras, puedan impedir su participación plena y efectiva en la sociedad en igualdad de condiciones con las demás. Las personas con discapacidad afrontan limitaciones para realizar determinadas actividades (por ejemplo, oír, andar, etc.), pero no siempre necesitan la ayuda de otra persona en las actividades básicas de la vida diaria. El reconocimiento de la discapacidad corresponde a la Dirección General de Atención a Personas con Discapacidad de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social.
La incapacidad laboral es la limitación que presenta una persona para el desempeño de su puesto de trabajo habitual o bien para cualquier tipo de trabajo. Su reconocimiento corresponde al Instituto Nacional de la Seguridad Social.
La dependencia es el estado de carácter permanente en que se encuentran las personas que, por razones derivadas de la edad, la enfermedad o la discapacidad, y ligadas a la falta o a la pérdida de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, precisan de la atención de otra u otras personas o ayudas importantes para realizar actividades básicas de la vida diaria. Su reconocimiento corresponde a la Dirección General de Atención al Mayor y a la Dependencia de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social.
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