El día de las elecciones autonómicas del 4 de mayo en la Comunidad de Madrid, los trabajadores tendrán derecho a los siguientes permisos retribuidos para ejercer su derecho a voto:
La empresa, en base a la organización del trabajo, decidirá la distribución del período en el que los trabajadores dispongan del permiso para acudir a votar.
En aquellos casos en los que la prestación del trabajo deba realizarse lejos del domicilio habitual del trabajador, o en otras condiciones que dificulten el derecho de sufragio, el empleado tendrá derecho a que se sustituya el permiso anterior por otro de idéntica naturaleza para la remisión del voto por correo (con todos los trámites que conlleva).
Permisos retribuidos para trabajadores que tengan la condición de presidente o vocales de las mesas electorales, interventores y apoderados.
Fuente de la Información QualityConta.
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