Inicio Actualidad Ayudas a personas trabajadoras autónomas, emprendedoras y entidades de la economía social

Ayudas a personas trabajadoras autónomas, emprendedoras y entidades de la economía social

0

Hay dos tipos de ayudas:

  • ayudas directas a las empresas de la economía social, que provienen del Programa de Ayudas para el Fomento del Empleo y la Mejora de la Competitividad de las Cooperativas y Sociedades Laborales.
  • ayudas directas a los nuevos socios por las aportaciones al capital social, que son de nueva creación.

La incorporación del socio deberá suponer en ambos casos un incremento del empleo respecto de la media de los 12 meses anteriores a la fecha de incorporación de los nuevos socios por los que se percibe la ayuda.

No podrá concederse esta subvención cuando se trate de incorporación de socios trabajadores o de trabajo que hubieran ostentado tal condición en la misma empresa en los dos años anteriores a su incorporación como socios, pero sí en el caso de haber sido trabajadores.

Leer más:  El Hospital Gregorio Marañón halla una nueva indicación de un fármaco que protege frente a los daños del glaucoma

a) Ayudas a las empresas de la economía social a las que se incorporen.

Se subvenciona a las cooperativas, sociedades laborales o empresas de inserción que incorporen socios trabajadores o de trabajo en su propia empresa.

La ayuda será de 5.000 euros por cada socio trabajador o de trabajo incorporado, o 10.000 euros en el caso de parados de larga duración (aquellos desempleados que hayan trabajado menos de 6 meses en los últimos 18 meses), personas en situación de exclusión social, personas con discapacidad reconocida en grado igual o superior al 33%, jóvenes menores de 35 años y mujeres.

El número máximo de socios a subvencionar por entidad no podrá ser superior a cinco.

Leer más:  La Comunidad de Madrid rinde homenaje al arquitecto Antonio Palacios en La Noche de los Libros

b) Ayudas a los nuevos socios por sus aportaciones al capital social.

La cuantía de la subvención será del 50 %  de la aportación al capital de la sociedad, hasta un máximo de 3.000 euros.

Las ayudas estarán supeditadas a la efectiva incorporación como socio así como al reflejo de la aportación subvencionada al capital de la sociedad, en los asientos contables de la misma.

La subvención, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones u ayudas puestas en marcha por otras administraciones públicas y que incidan en la misma actividad subvencionable, no podrá superar el 50% del total de la aportación necesaria para su incorporación como socio, sin perjuicio de la compatibilidad con incentivos/desgravaciones fiscales, con la capitalización del desempleo para la aportación al capital social, u otras ayudas que no incidan directamente en la subvención de la aportación al capital social.

Leer más:  La Comunidad reconoce el compromiso con la gestión medioambiental de 13 empresas e instituciones madrileñas
- Te recomendamos -
Artículo anteriorAyudas a la Rehabilitación de Edificios 2022 – Accesibilidad
Artículo siguienteAsí será el tiempo en los próximos días en Las Rozas de Madrid
Toda la actualidad de la ciudad de Las Rozas de Madrid.