Este año, la campaña de la declaración de la renta 2023 empieza el 3 de abril y con ella, las inquietudes e incertidumbre de cuánto voy a tener que pagar a Hacienda ó ¿me van a devolver este año?
Para despejar dudas y realizar nuestra renta será importante atender a las novedades de este año:
En primer lugar, una de las cuestiones más relevantes es la modificación de la obligación de presentar la renta cuando tienes más de un pagador, cuando se perciben pensiones compensatorias del cónyuge o cuando se reciben anualidades por alimentos no exentas, este importe se eleva a 15.000 euros, cuando antes el límite era de 14.000 euros.
Cabe resaltar, además, que se incrementa el tipo de gravamen del ahorro, es decir, es el tipo del impuesto que se aplica, generalmente, a nuestras inversiones y ganancias obtenidas. El nuevo tipo impositivo para estos rendimientos es:
En Fiscoo, siempre resaltamos la importancia de conocer todas las deducciones, tanto estatales como autonómicas, a las que se tienen derecho para que el resultado de la declaración sea lo más favorable posible. En este sentido, es importante remarcar que se han modificado los requisitos para aplicar la deducción por maternidad, que como en años anteriores, se podrán beneficiar las mujeres con hijos menores de 3 años y que tengan derecho a la aplicación del mínimo por descendiente (esto es una de las circunstancias personales que tiene en cuenta este impuesto).
Podrán restarse 1.200 euros del impuesto, además, cuando en el momento del nacimiento del menor cobren una prestación de desempleo o estén dadas de alta en la Seguridad Social.
Esta deducción puede incrementarse hasta en 1.000 euros adicionales cuando haya gastos en guarderías o centro de educación infantiles autorizados.
Además, se incrementa en 150 euros cuando se tenga derecho a la deducción por haberse dado de alta como autónoma en la Seguridad Social o en la mutualidad con posterioridad al nacimiento.
Es importante considerar que la deducción de 1.200 euros se puede percibir mensualmente durante el año y esto se deberá indicar de igual manera en la declaración.
En la renta también se deben declarar las viviendas vacías, es decir, aquellas que no son nuestra vivienda habitual ni se tienen alquiladas, por ejemplo, una segunda residencia como la de la playa. Para Hacienda, estas viviendas nos generan un rendimiento económico y, por tanto, se trata de una renta inmobiliaria que se debe declarar en la renta.
En general, este rendimiento se calcula sobre el valor catastral y se le aplica el porcentaje del 2%, pero si este valor ha sido revisado, modificado o determinado mediante un procedimiento de valoración colectiva será del 1,1%.
Otra cuestión importante es que podrán beneficiarse más personas de las reducciones de los rendimientos por el trabajo, ya que aquellos contribuyentes que hayan obtenido un salario neto igual o menor a 14.047,50 euros, se les restará el importe de 6.498 euros para calcular el impuesto.
También, tendrán una reducción menor, pero proporcional a sus nóminas netas, aquellos que hayan cobrado por su trabajo entre 14.047,50 euros y 19.747,50 euros.
De igual manera, aquellos que ejerzan una actividad por su cuenta, se podrá aprovechar de las mismas reducciones, si su actividad económica se rige por el método de estimación directa.
Es importante destacar, que los empresarios o profesionales que aplican el método de estimación directa simplificada (la mayoría), podrán incluir el 7% en vez del 5% que se contemplaba anteriormente, como gasto deducible de difícil justificación.
Hacienda, sigue limitando la reducción por las aportaciones a planes de pensiones. Este año, se modifican las aportaciones máximas que puede hacer el trabajador al instrumento de previsión social que como máximo será el 30% de la suma de los rendimientos netos del trabajo o de actividades económicas o bien, 1.500 euros, en función de qué importe sea más pequeño.
Recordemos, que, por las aportaciones a los planes de pensiones anteriormente se podía deducir hasta 8.000€ mientras que, en la actualidad, el límite es de 1.500€.
Para no tener sorpresas en nuestra renta es importante beneficiarse de todas las deducciones y reducciones a las que se tenga derecho. A continuación, describimos las principales:
Si quieres asegurarte de estar ahorrando todo lo posible acude a un asesor fiscal para obtener orientación específica y maximizar tu ahorro.
La planificación fiscal es la clave para un ahorro real en tus declaraciones. Cada situación financiera es única, por lo que buscar asesoramiento profesional puede marcar la diferencia.
Si consideras que no has realizado todas las actuaciones que podrías después de leer este artículo, puedes empezar a planificar tu renta del próximo año y así lograr una declaración de la renta más favorable y un futuro financiero más sólido. Puedes contactar con Fiscoo a través de su página web fiscoo.es o llamando directamente al número de teléfono 968 903 800.
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