Un consulado es la representación de la Administración pública de un país en un territorio extranjero, y su trabajo está orientado especialmente a la protección de los ciudadanos españoles en el exterior.
Funciones:
Atención: Un consulado no presta dinero, no sirve como agencia de viajes, no busca trabajo a sus nacionales, no ofrece personal de ayuda ni de asistencia, ni puede eximir a un compatriota del cumplimiento de la ley de ese país o territorio.
Clases de consulados y sus miembros:
1. Consulados de carrera:
2. Consulado honorario. Dirigido por un cónsul honorario, se crea por Orden del Ministro de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. Está adscrito al consulado general, pero con competencias limitadas. No puede emitir visados ni pasaportes por sí mismo, ni tampoco puede procesar la mayoría de la información, solo transmitirla.
Los funcionarios de un consulado pueden ser de carrera (empleados a tiempo completo del gobierno que son ciudadanos del país que representan) u honorarios (reciben un sueldo de honor del país al que representan, y pueden ser ciudadanos residentes del país en el que está la embajada).
Embajadas y consulados. Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
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